
A contar del 01 de Agosto de 2017 el Registro de Compras y Ventas (RCV) reemplaza la obligación de llevar el Libro de Compras y Ventas, como también de enviar la Información Electrónica de Compras y Ventas para los contribuyentes que están autorizados como emisores electrónicos.
Este esquema implicaba que los sistemas de mercado debían enviar una respuesta automática de "buena estructura" (validación de SCHEMA) y de buena firma digital.
En una segunda instancia, el mismo esquema requería una respuesta comercial en un lapso de X días para aceptar o rechazar la factura y el receptor tenía la potestad para aceptar o rechazar la factura.
El SII determinó que este esquema causaba discrepancias en las declaraciones y puso en vigor un nuevo esquema: la aceptación o rechazo se debe realizar directamente en el portal del SII, indicando que el receptor debe ingresar al portal del SII para rechazar explícitamente ya que si no la rechaza se considera aprobado.
Cabe destacar que nunca abrogaron el esquema de la aceptación/rechazo del Contribuyente (aceptación comercial), quedando en un limbo legal. Sin embargo, precisamente tras el nuevo esquema legal del SII, el anterior esquema de intercambio de facturas NO es confiable porque NO todos los proveedores (emisores) cuentan con un esquema de intercambio comercial.